lunes, 2 de julio de 2012

EMOSS

INFORMACION IMPORTANTE DE EMOSS
LAVADO DE VEREDAS

Atento a la necesidad de controlar el consumo de agua potable en la localidad de Capilla del Monte y de acuerdo a la ordenanza Nº 1672/04 y sus modificatorias que en su Art. 1º dice:

Articulo 1º: El lavado de vereda con agua corriente, Será  permitido el sistema de baldeado, quedando expresamente prohibido el uso de manguera para tal fin, pudiendo realizarse el mismo los días martes y sábado de cada semana en el horario de 7 hs a 9 hs, excluyéndose expresamente los restaurantes, confiterías y pizzerías, quienes  en época de temporada alta, podrán  hacerlo todos los días, en los horarios mencionados.

Esta totalmente prohibido el lavado de autos sobre la veredas, como  así también el vaciamiento de las piletas hacia calles y baldíos

En caso de no cumplir con  dicha ordenanza, se procederá a labrar multa correspondiente.

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